La suspensión a los equipos rusos: ¿Por qué la FIFA y UEFA excluyeron temporalmente al fútbol ruso y cómo afecta esta medida al desarrollo de las competiciones venideras?

por: @GustavoMijare20

 

¿Por qué se les impide participar en las competiciones? ¿Esta decisión constituye una discriminación contra Rusia? ¿Los organismos rectores del fútbol tienen razón? ¿Rusia posee alguna solución legal? En la presente columna procederemos a dilucidar y esclarecer las presentes interrogantes.

Todo comenzó el pasado 25 de febrero, cuando las tropas rusas procedieron a invadir el Estado ucraniano, ocasionando que diversos países como los Estados Unidos y los miembros de la Unión Europea actuaran imponiendo sanciones (dirigidas a los sectores financieros, energéticos, de transporte y migratorias) a Rusia. Tal y como se puede leer en el siguiente artículo del Estímulo: La UE apunta a la economía rusa en su primer paquete de sanciones (elestimulo.com)

En virtud de lo anterior, podemos observar que todas las acciones realizadas por Rusia supusieron un rechazo por parte de la Comunidad Internacional, hasta el punto de que impusieron sanciones con el fin de instar a dicho país a resolver pacíficamente el conflicto con Ucrania. En este sentido, los cuerpos de gobernanza deportivos decidieron intervenir de igual manera, con el fin de manifestarse en contra de la guerra y apoyar a Ucrania. Para eso, decidieron implementar medidas de presión interponiendo sanciones que suspenden temporalmente a Rusia, afectándolos a nivel deportivo.

El Comité Olímpico Internacional (COI) fue el primer organismo deportivo en manifestarse. En este sentido, el COI emitió diversos comunicados en los cuales condenó enérgicamente el incumplimiento de la Tregua Olímpica por parte de Rusia, calificando dicho acto como una violación extremadamente grave. En virtud de esto, instó a las federaciones deportivas internacionales a cumplir unas recomendaciones, ya que el presente conflicto bélico es un dilema que no se puede resolver. Las recomendaciones son las siguientes:

  • Que las Federaciones deportivas internacionales y los organizadores de eventos deportivos no inviten ni permitan la participación de atletas y funcionarios rusos y bielorrusos en competiciones internacionales.
  • Ahora bien, en caso de no ser posible por la poca antelación por motivos organizativos o legales, ningún atleta u oficial deportivo de Rusia o Bielorrusia puede tomar parte bajo el nombre de su país.
  • La no exhibición de símbolos patrióticos de los atletas pertenecientes a Rusia o Bielorrusia.

Por otra parte, el COI recalca que en los casos de circunstancias muy extremas deja que cada organización encuentre su propia manera de abordar la situación de manera efectiva el dilema que vivimos. Esto quiere decir, que las recomendaciones no son de obligatorio cumplimiento, sino un llamado a la unión y solidaridad con Ucrania, permitiendo que cada Federación y Organizador actúe como mejor considere.

Aunado a lo anterior, el Comité Ejecutivo del COI sí procedió a sancionar a Rusia retirando la Orden Olímpica de los funcionarios de la Federación de dicho país o algún miembro de alto rango, tales como:

  • Vladimir Putin, presidente de la Federación Rusa (Gold, 2001)
  • Dmitry Chernyshenko, Viceprimer Ministro de la Federación Rusa (Oro, 2014)
  • Dmitry Kozak, Jefe Adjunto de Gabinete de la Oficina Ejecutiva Presidencial (Gold, 2014)

En virtud de lo anterior, la Federación Internacional Fútbol Asociación (FIFA) y la Unión de Asociaciones Europeas de Fútbol (UEFA) fueron unas de las federaciones deportivas en manifestarse, al emitir un comunicado conjunto donde expresaban su protesta en contra del conflicto bélico entre ambas naciones. Por lo que, procedieron a cancelar la final de la UEFA Champions League de la presente temporada, la cual debía disputarse en San Petersburgo en el próximo mes de mayo, traspasando la sede a París; y suspendieron indefinidamente a los equipos rusos (selección nacional y clubes domésticos) de las competiciones futbolísticas. Esto implicaría que, por los momentos, la selección nacional rusa y los clubes rusos corren el riesgo de quedar excluidos del Mundial de Qatar 2022 y las competiciones continentales en curso, de persistir esta situación.

Llegados a este punto, pueden surgir las siguientes interrogantes:

  1. ¿Qué es la Tregua Olímpica?

La Tregua Olímpica es un símbolo y decreto de paz el cual fue apoyado y avalado por la ONU, que nació en la antigua Grecia y fue ratificado por el COI mediante la resolución 48/11 del 25 de octubre de 1992 de la Naciones Unidas. Ésta consiste en un acuerdo mediante el cual todos los países que se encontraban en guerra cesaban el fuego por un lapso de siete días antes de comenzar los Juegos Olímpicos, con el fin de que todos los atletas del mundo pudieran prepararse para disputar dicho evento deportivo y competir en paz, extendiéndose dicho plazo hasta siete días después de culminar los Juegos Paralímpicos.

Actualmente, la tregua olímpica vigente fue firmada el 02 de diciembre de 2021, de cara a los JJOO de Invierno de Beijing 2022 (se disputaron del 4 al 20 de febrero). De esto podemos inferir, que debe haber una garantía de paz siete días antes de comenzar dicho evento deportivo y debe culminar siete días después de culminar los Juegos Paralímpicos de Invierno que se llevarán a cabo del 4 al 13 de marzo del presente año. Esto implica que la tregua olímpica inició del 28 de enero de 2022 y termina el 20 de marzo de marzo de 2022.

Por lo tanto, el ataque de Rusia a Ucrania supone una violación al presente acuerdo creado por la ONU y ratificado por el COI. Este es el motivo por el cual el COI hace las recomendaciones mencionadas.

  1. ¿La recomendación realizada por el COI es contraría el espíritu deportivo?

La respuesta a la interrogante es NO. Esto se debe a que la Carta Olímpica tipifica dentro de los principios fundamentales del olimpismo el objetivo de poner el deporte al servicio del desarrollo armónico del ser humano, con el fin de favorecer el establecimiento de una sociedad pacífica y comprometida con el mantenimiento de la dignidad humana. Por lo tanto, no puede calificarse de discriminatorio el emplear medidas en favor de la paz mundial, más allá que pudiesen causar algún perjuicio deportivo, en virtud de que es un objetivo crucial del movimiento olímpico internacional y que lo hace por medio de varios mecanismos como la es la tregua olímpica.

  1. ¿Cómo se ven afectadas las selecciones nacionales europeas que se están disputando los últimos cupos para Qatar 2022?

Antes que nada, recordemos que la FIFA y UEFA están suspendiendo temporalmente a Rusia de participar en todas las competiciones mundiales de fútbol, organizadas por estos organismos. Ahora bien, antes de proseguir, es importante entender la diferencia entre suspensión y expulsión. Una suspensión es una exclusión temporal de estos equipos de las competencias. Una expulsión es una exclusión definitiva de estos equipos. En este sentido la suspensión puede levantarse y la sanción cesa, mientras que la expulsión es definitiva, no se puede levantar, hay que pasar por un proceso engorroso y largo en el tiempo para volver a ser admitido. A Rusia le están suspendiendo sus equipos, no expulsándolos, dejando así la puerta abierta, a que si cesan las acciones pueden volver a competir sin muchos problemas.

Actualmente, la FIFA concede a los países asociados a UEFA trece (13) cupos para poder participar en cualquier Campeonato Mundial de Fútbol. En este sentido, para poder definir las selecciones mundialistas, se implementó un formato mediante el cual se realizaría un sorteo donde se emparejarían a los 55 conjuntos nacionales en 10 grupos de 5 o 6 equipos. Una vez emparejados, cada equipo disputaría dos (2) encuentros contra cada rival de su grupo (en calidad de local y visitante) y los dos equipos con mayor puntación por grupo, tienen la oportunidad de acceder al mundial. En el caso de los primeros clasificados de cada grupo, obtienen el cupo directo; mientras que los segundos clasificados deben disputar una segunda ronda o playoff.

Ahora bien, una vez definidos los segundos lugares de cada grupo, estas diez (10) selecciones nacionales junto con las dos (2) mejores selecciones nacionales de la clasificación de la de la UEFA Nations League 2020/2021 que no hayan conseguido la clasificación por vía ordinaria, se disputarán los 3 cupos restantes. Para eso, se realizará un nuevo sorteo en el cual se emparejarán en tres Rutas (A, B y C) diferentes a los participantes en esta segunda fase. Cada ruta deberá disputar una semifinal (a partido único) y una final, los equipos que se impongan obtendrán el cupo a Qatar 2022.

En virtud de lo anterior, Rusia fue posicionada en la Ruta B junto a Suecia, República Checa y Polonia. En este sentido, tras la suspensión del conjunto ruso, se pueden producir cinco (5) posibles soluciones ante este panorama:

  • El levantamiento de la sanción a Rusia: se pudiese producir si cesa el fuego y culmina el conflicto con Ucrania y si la FIFA y UEFA lo decidiesen así.
  • La clasificación directa a la final del rival de Rusia en Semifinales: En este caso es Polonia.
  • La incorporación del tercer mejor clasificado del Grupo de emparejamiento de Rusia: En este caso Rusia fue emparejado en el Grupo H, en el cual Eslovaquia fue la mejor clasificada gracias al criterio de desempate del gol average.
  • La Incorporación del mejor tercer clasificado de todos los grupos: En este caso el conjunto sería Noruega.
  • La complementación del Playoff con el mejor equipo clasificado de la UEFA Nations League: la selección nacional beneficiada sería Hungría, al ser la campeona del Grupo 3 de la Liga B de dicha competición.
  1. ¿Cómo se verían afectados los clubes que compiten en competiciones continentales en el fútbol europeo?

Actualmente, a nivel de clubes no hay equipos rusos disputando la UEFA Champions League ni la Conference League. El único caso es el del Spartak de Moscú, el cual disputa la Europa League de la presente temporada y fue emparejado con el RB Leipzig para jugarse el pase a los cuartos de final de dicha competición. En este sentido, entendiendo las sanciones implementadas por FIFA-UEFA a los clubes rusos, resulta obvio que el conjunto de la capital rusa se vería imposibilitado de disputar dicho encuentro y el equipo alemán avanzaría directamente a la siguiente fase.

En este sentido, el club ruso publicó un comunicado donde se les acusa de una exclusión permanente de la competición, lo que implicaría una eliminación instantánea. Teniendo esto en cuenta, habrá que esperar a ver si el club desea impugnar dicha decisión o si se logra una suspensión de dicha decisión en caso de que culmine la guerra entre Rusia y Ucrania. Dicho encuentro estaba pautado para el 10 de marzo, por lo que, hasta entonces, habrá que esperar para conocer el desenlace de esta situación.

  1. ¿Existen precedentes donde se hayan suspendido temporalmente de eventos deportivos a algunas naciones?

La respuesta es que sí. A lo largo de la historia, los cuerpos de gobernanza han suspendido o expulsado a diversos países de las competiciones deportivas por distintas razones. A continuación, nombraremos algunos de los casos donde se excluyó a algunas naciones:

  • Irak en 1990. Este país fue apartado del fútbol hasta agosto de 1993 como consecuencia de la invasión a Kuwait.
  • Yugoslavia en 1992. En este caso fue expulsada de la fase de clasificación para el mundial de 1994 y de la Eurocopa de ese año, en virtud de las sanciones contra Serbia y Montenegro impuestas por la ONU, tras el conflicto de los Balcanes.
  • Yugoslavia en 1999. La Unión Europea exhortó a las Federaciones Nacionales a sancionar a los clubes domésticos de disputar competiciones deportivas como consecuencia del conflicto con Kosovo.
  • Irak en 2003. El COI sancionó casi un año a Irak por las investigaciones que le realizaron al presidente del Comité Olímpico Nacional (Odai Saddam) el cual era hijo de Sadan Husein.

 

  1. ¿La Federación Rusa de Fútbol dispone de alguna vía legal para intentar evitar la eliminación directa de su selección nacional?

La respuesta es un sí. Los Estatutos de la FIFA contemplan en su artículo 57 que dicha organización reconoce al Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS-CAS) de Lausana Suiza como aquel tribunal competente para resolver las disputas entre FIFA y las federaciones miembros, confederaciones, ligas, clubes, jugadores, oficiales, intermediarios y agentes organizadores de partidos con licencias.

En este sentido, si la Federación Rusa de Fútbol o sus clubes desean interponer un recurso contra las decisiones tomadas por la FIFA deberá acudir ante este tribunal en un lapso menor de 21 días.

En virtud de lo anterior, podemos concluir en que estos son los hechos y las decisiones que ha habido a lo largo de la historia del deporte. Por lo tanto, en relación a la resolución del conflicto actual, estamos a la expectativa de los acontecimientos, ya que no hay un precedente igual.

Por Gustavo Mijares*

*Abogado de la Unimet, especialista en Derecho del Deporte del ISDE y miembro del escritorio Jurídico Carrero y Quintero de Justicia Deportiva

 

 

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