La Clasificación Paralímpica: ¿Cuáles son los requisitos de elegibilidad para participar en los Juegos Paralímpicos?

Por Gustavo Mijares

 

Los Juegos Paralímpicos veraniegos es un evento de carácter deportivo e internacional el cual es organizado por el Comité Paralímpico Internacional (IPC), donde participan atletas con discapacidades físicas, visuales e intelectuales y es organizado en un periodo de cada cuatro años. Fue fundado en el año 1960, por el neurólogo Ludwig Guttmann, con el objetivo de celebrar unos Juegos Internacionales que tuvieran el mismo rango y reconocimiento mundial que los  Juegos Olímpicos (JJOO) pero para personas con discapacidad.

Nota: Es importante tener en cuenta que en los Juegos Paralímpicos no participan atletas con discapacidades auditivas o con síndrome de Down ya que éstos poseen sus eventos particulares (Juegos Sordolímpicos y Olimpiadas Especiales)

En este sentido, como en toda competición deportiva, existen criterios de elegibilidad para que los atletas puedan competir. Llegados a este punto, responderemos las siguientes interrogantes:

¿Cuáles son los requisitos de clasificación para participar en este evento?

En el sistema de clasificación paralímpico existen tres criterios esenciales para que un atleta pueda clasificar a alguna competición. Estos están contemplados en el artículo 2 del Código de Clasificación del IPC y son los siguientes:

  • Poseer alguna de las diez discapacidades elegibles para competir en el para-deporte. 
  • Cumplir con los criterios mínimos de discapacidad, los cuales garantizan que exista una limitación de la actividad en algún deporte o disciplina. 
  • Pasar por el proceso de clase deportiva. Este es un proceso en el cual un Panel de Clasificación analiza con mayor precisión la limitación de los atletas en el ejercicio de la actividad del deporte. Las clases deportivas no necesariamente están conformadas por atletas con la misma discapacidad. 

¿Cuáles son las discapacidades elegibles para participar en este evento?

El IPC define la discapacidad, al igual que la Organización Mundial de la Salud (OMS), como aquel fenómeno complejo que refleja una relación estrecha y al límite entre las características del entorno en donde vive. 

En este sentido, el IPC contempla en el artículo 2 del Reglamento de Estándar Internacional para Deficiencias Elegibles, las discapacidades que debe poseer cada atleta para competir en el deporte paralímpico, siendo estas:

    • El deterioro de la fuerza muscular. El atleta ve reducido o eliminada su capacidad de contraer voluntariamente los músculos para moverse o generar fuerza.
    • La discapacidad de rango de movimiento pasivo. El atleta tiene una restricción o falta de movimiento pasivo en las articulaciones. 
    • Deficiencia de extremidades. El atleta tiene ausencia parcial o total de huesos o articulaciones ya sea por un trauma, enfermedad o deficiencia congénita. 
  • Diferencia de longitud de pierna. El atleta tiene una diferencia de longitud de piernas como resultado de una alteración de crecimiento o un traumatismo. 
    • Baja estatura. El atleta tiene una longitud reducida en los huesos del cuerpo. 
  • Hipertonía. El atleta tiene un aumento de la tensión muscular y una capacidad reducida para estirarse a causa del sistema nervioso central. 
  • Ataxia. El atleta tiene movimientos descoordinados causados por daños en el centro del sistema nervioso. 
  • Atetosis. El atleta tiene movimientos involuntarios lentos y continuos. 
  • Deterioro de la visión. El atleta tiene una visión reducida o nula debido a daños en el ojo, nervios ópticos o corteza visual del cerebro. 
  • Discapacidad intelectual. El atleta tiene una restricción en el funcionamiento intelectual y comportamiento adaptativo en el que afecta las habilidades adaptativas conceptuales, sociales y prácticas. 

Nota: la IPC está consciente de que existen muchas otras deficiencias, pero en virtud del movimiento paralímpico se crea ésta organización y como resultado se identificaron únicamente las 10 deficiencias mencionadas anteriormente. Ahora bien, en caso de cualquier otra que surja podrá introducirse siempre que se apruebe en la Asamblea General de ICP. 

¿Cómo es el proceso llevado a cabo por las Federaciones Internacionales para asignar la clase deportiva?

Un atleta que desee competir en el deporte paralímpico debe acudir a una Federación Deportiva Internacional y cumplir con los criterios de elegibilidad establecidos, mediante la aprobación en una sesión de evaluación ante un panel de Clasificación. Tal y como se contempla en el artículo 5 del Reglamento de Estándar Internacional para Deficiencias Elegibles.

El Panel de Clasificación estará compuesto por clasificadores, los cuales son oficiales entrenados y certificados por la federación que gobierne un deporte, siendo expertos en la disciplina en cuestión y en los tipos de discapacidades elegibles. Durante el proceso de validación, el Panel puede requerir que el atleta demuestre que posee una condición de salud subyacente con el fin de establecer la existencia de una discapacidad elegible. Además, la misma entidad, puede determinar si el atleta posee dicha condición de salud o discapacidad, en caso de requerirse; en dicho caso la Federación puede requerir que el atleta consigne diagnósticos de información y posteriormente nombrar un Comité de Evaluación de elegibilidad, en caso de considerarlo necesario para dictaminar sobre la clase deportiva del atleta. 

¿Existen distintos sistemas de clasificación en cada deporte paralímpico? 

La respuesta es que sí. Hay que tener en cuenta que los sistemas de clasificación difieren en cada deporte, ya que las Federaciones Internacionales buscan establecer criterios mínimos para tener una competencia justa y en la mayor igualdad de condiciones que sea posible. Debido a eso, estas organizaciones, deben evaluar el impacto que causa la discapacidad al atleta en la práctica de dicha disciplina y en base a eso, crear dividirlos en distintas clases deportivas. Para entenderlo de manera veámoslo comparando dos disciplinas: 

  • Natación. Existen tres grupos de clasificación en base a las discapacidades (física, intelectual y visual), siendo representadas por prefijos dependiendo de los estilos: S (estilos libre, mariposa y espalda), SB (pecho o braza) y SM (eventos combinados).
  • Atletismo. Existen dos grupos de clasificación en base a las discapacidades, siendo representadas por prefijos y dependiendo de las pruebas que se compitan: T (determina el tipo de evento: velocidad, fondo y salto) y F (determina el tipo de discapacidad: hay varios números y mientras más bajo, es mayor el nivel de discapacidad)

En conclusión, para que un atleta pueda participar en competiciones paralímpicas, básicamente debe aprobar el proceso de determinación de discapacidad elegible llevada a cabo por alguna Federación Deportiva Internacional y posteriormente cumplir con el requisito de clasificación impuesto por la entidad que rija cada disciplina. Sin embargo, las entidades deberán mantener un orden mediante la realización de una lista donde contenga la información de cada atleta elegible (nombre, sexo, año de nacimiento, país, clase deportiva y estatus deportivo) para participar en competiciones internacionales, tal y como se contempla en el artículo 9 del Código de Clasificación del IPC.

Ahora bien, en casos de que ocurran cambios en los sistemas de clasificación, cada Federación Internacional deberá notificar a las Federaciones Nacionales y a los Comités Paralímpicos Nacionales de los cambios anticipados en los Sistemas de Clasificación y cualquier otro cambio que pueda afectar la asignación de Clases Deportivas. En dicha comunicación, se deberá proporcionar las justificaciones pertinentes para dicho cambio, los plazos propuestos para la implementación y las reglas de transición. Tal y como se contempla en el artículo 11 del Código de Clasificación del IPC.

Habiendo dicho esto, solo queda desear mucho éxito a la delegación de Venezuela, que sabemos que dará lo mejor de sí y nos volverá a inspirar con los atletas qué superan todas las dificultades. 

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