Por Antonio Quintero (@Antoniojqr)
El 1 de enero del año 2019 entró en vigencia un nuevo Código de Arbitraje Deportivo para el TAS. Dicha normativa es la que establece principalmente las reglas de los procedimientos en el TAS.
Los cambios más relevantes son estos:
La creación de tres nuevas comisiones: 1) La Comisión de Recusaciones de Árbitros: Encargada de llevar los procesos para remover a los árbitros en los diferentes paneles en los procesos; 2) La Comisión de Ayuda Legal: Encargada de determinar a quién se le puede prestar ayuda legal para que pueda presentar su caso ante el TAS. La ayuda puede versar sobre los costos del Tribunal, los costos de abogados defensores, costos de viaje para la audiencia y costos de expertos y testigos; 3) La Comisión de Miembros: Son los encargados de proponer las listas de árbitros y mediadores.
Posibilidad de audiencias públicas: Siguiendo la decisión de la Corte Europea de Derechos Humanos ahora las personas físicas pueden solicitar una audiencia pública en los casos disciplinarios. Solo podrá negarse cuando viole la moral, el orden público, la seguridad nacional, donde deban protegerse los intereses de menores de edad o de la vida privada de las partes, donde públicamente se pueda perjudicar los intereses de la justicia, donde los procedimientos sean exclusivamente relacionados a cuestiones netamente legales o donde ya en una primera instancia se haya dado una audiencia pública.
Se crea una tercera División del TAS para el Dopaje: La División Antidopaje del TAS, tratará casos en primera instancia de cualquier organización deportiva internacional que sea firmante del Código Mundial Antidopaje (Por ejemplo, el COI, las Federaciones Internacionales, la Agencia Internacional de Examinación, etc). Es decir, que su comisión disciplinaria no tendrá que tratar los casos, sino que lo podrá hacer directamente el TAS en primera instancia.Las Apelaciones en casos de sanciones impuestas por consecuencia de disputas económicas no serán gratis: Se había establecido que las apelaciones de las decisiones disciplinarias de federaciones internacionales eran gratuitas. Ahora, aquellos procedimientos de apelación que se refieran a casos donde se ha impuesto una sanción en virtud del no cumplimiento de una disputa predominantemente económica no serán gratuitos.
Las Apelaciones en casos de sanciones impuestas por consecuencia de disputas económicas no serán gratis: Se había establecido que las apelaciones de las decisiones disciplinarias de federaciones internacionales eran gratuitas. Ahora, aquellos procedimientos de apelación que se refieran a casos donde se ha impuesto una sanción en virtud del no cumplimiento de una disputa predominantemente económica no serán gratuitos.
Estas novedades y otras más entraron en vigor. Veremos cómo será el desarrollo de esta nueva normativa este año. Ojalá sean eficientes sus objetivos.