Por María Viloria (@Maria_Viloria)
Si la declaración de la pandemia mundial provocada por el COVID-19 ha suscitado incertidumbres en la industria del deporte tras su paralización, el fútbol en Sudamérica no se queda atrás, especialmente por las grandes diferencias legislativas y soluciones que cuentan los clubes en Europa, por ejemplo. En el caso particular de Chile, se requiere de especial cuidado las medidas que se vayan a implementar en razón de la suspensión indefinida del campeonato nacional en sus diferentes categorías, por cuanto el pasado reciente del fútbol chileno se vio ya afectado por el estallido social en el país.
El principal problema que debe solucionar la Asociación Nacional de Fútbol Profesional (ANFP) con urgencia es el contrato de venta de derechos televisivos que actualmente goza con CDF, una cadena privada deportiva, debido a que este significa más del 50% de los ingresos de los clubes. Hasta la fecha, CDF continúa pagando los derechos televisivos, pero con la suspensión indefinida del campeonato, es evidente que la contraparte, la ANFP en este caso, no podrá dar cumplimiento a sus obligaciones. Aunque aún no se han planteado soluciones con respecto a esto, se conoce que la ANFP trabaja con una Comisión especial para conseguir un acuerdo, sobre todo porque la intención es que el fútbol vuelva una vez las medidas sanitarias lo permitan, así que la mejor vía es pactar una forma de dar cumplimiento efectivo al contrato.
En tema laboral, especialmente la relación entre los jugadores y los clubes, es otro punto de quiebre de preocupación para la ANFP. Varios clubes ya han acordado o decidido unilateralmente la rebaja de los sueldos de los jugadores o incluso la suspensión de los contratos. En este sentido, Chile cuenta con una Nueva Ley de Protección al Empleo que fue publicada en el Diario Oficial el pasado lunes 6 de abril, la cual deja como alternativas la suspensión de los contratos laborales o la reducción de la jornada laboral, que supone el pago parcial de los salarios por Seguro de Cesantía y la obligación de continuar con cotizaciones previsionales y seguro social por parte del club. Se conoció que el club Deportivo Ñublense fue el primero en acogerse a la opción de suspensión de contrato laboral que propone la Ley.
Aunque la legislación chilena propone esta solución, claramente los jugadores se verán afectados porque se reducirán sus salarios que no son comparables a los europeos. Sin embargo, se conoce de acuerdos individuales con los clubes en que se ha planteado que el club asuma el porcentaje restante que el Seguro de Cesantía no cubre; por ejemplo, conforme a la Ley en el primer mes el seguro cubrirá el 70% dentro de unos límites salariales, por lo que algunos clubes han propuesto cubrir el otro 30%. Aunado a esto, es importante acotar que, según la Ley, no se podrá despedir por motivos de fuerza mayor aludidos al COVID-19 en un período de 6 meses.
Finalmente, es indudable que la paralización de la actividad deportiva en el país supone grandes recortes económicos de los clubes, pero se intuye que las mejores soluciones son los acuerdos particulares con los jugadores, entendiendo que la situación de cada club es distinta, sobre todo en otras divisiones o categorías, como el fútbol femenino. La legislación chilena ha propuesto una forma de aligerar el peso económico, pero tiene la ANFP la obligación de compartir directrices comunes para la protección tanto de los clubes como de los jugadores ante esta emergencia mundial, con atención a lo propuesto ya por la FIFA.